30 agosto 2018
En la Cámara de Diputados de la Nación, fue presentado un proyecto ley que modifica el artículo 1º, estableciendo que cuando se planteen o debatan cuestiones jurídicas, el interesado deberá contar con patrocinio letrado obligatorio.
Es decir, tiende a que las pretensiones y defensas del administrado antes de la emisión de actos de la administración pública que se refieren a sus derechos subjetivos o intereses legítimos, al interponer recursos o en todos los casos en que se planteen o debatan cuestiones jurídicas, sea con patrocinio letrado obligatorio.
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